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Derecho Penal Urbanístico

Absolución por delito urbanístico confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid

El Ministerio Fiscal pedía prisión, multa, inhabilitación y la demolición de lo construido para nuestros dos clientes. El Juzgado los absolvió y la Audiencia Provincial de Madrid confirmó íntegramente la absolución.

2 clientesabsueltos
Sentencia 500/2024Audiencia Provincial
Confirmadaen apelación
Fachada de la Audiencia Provincial de Madrid, sede de la absolución por delito urbanístico

El problema: una construcción sin licencia y una acusación por delito urbanístico

El procedimiento tenía su origen en una construcción ejecutada sin licencia urbanística en Morata de Tajuña (Madrid). La existencia de obras sin licencia situó a nuestros clientes ante un procedimiento penal por un posible delito contra la ordenación del territorio, con consecuencias mucho más graves que las administrativas.

El Ministerio Fiscal solicitaba para cada uno de ellos una pena de 2 años y 6 meses de prisión, además de multa e inhabilitación profesional durante tres años, y también interesaba la demolición de la construcción.

Construir sin licencia no significa necesariamente cometer un delito

Es frecuente identificar automáticamente una construcción ilegal con la existencia de un delito. Sin embargo, la infracción administrativa y el delito urbanístico son realidades jurídicas diferentes: en el procedimiento penal corresponde a la acusación acreditar suficientemente todos los elementos que exige el Código Penal.

Una cuestión decisiva: la publicación de las Normas Subsidiarias

La acusación se apoyaba en las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Morata de Tajuña para determinar la situación urbanística del terreno. Nuestra defensa cuestionó la eficacia de ese planeamiento por la falta de publicación íntegra de sus determinaciones normativas.

«No podía darse por acreditado un elemento esencial del delito utilizando unas determinaciones urbanísticas que carecían de eficacia jurídica por su falta de publicación íntegra».

No se trataba de una objeción meramente formal: para que unas disposiciones urbanísticas desplieguen plenamente sus efectos jurídicos resulta esencial el cumplimiento de los requisitos de publicación y entrada en vigor, algo especialmente trascendente cuando esas normas sustentan una acusación penal.

El Juzgado absuelve, y la Audiencia Provincial confirma la absolución

El Juzgado acordó la libre absolución de los dos acusados, evitando la pena de prisión, la multa, la inhabilitación y la demolición solicitadas. El Ministerio Fiscal recurrió, pero la Audiencia Provincial de Madrid, mediante Sentencia n.º 500/2024, desestimó el recurso y confirmó íntegramente la sentencia absolutoria.

Qué demuestra este caso

Una ilegalidad urbanística no se convierte automáticamente en un delito contra la ordenación del territorio. Cuando existe una acusación penal por obras sin licencia es imprescindible estudiar no solo la actuación material, sino también el planeamiento aplicable, su vigencia y eficacia, y la concurrencia de cada uno de los requisitos exigidos por el Código Penal, tal y como puede consultarse en la base de datos oficial del Poder Judicial (CENDOJ).

¿Te enfrentas a una acusación por delito urbanístico?

Una irregularidad urbanística no se convierte automáticamente en un delito. Conviene analizar si concurren realmente todos los elementos exigidos por el Código Penal.

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Preguntas frecuentes sobre el delito contra la ordenación del territorio

¿Toda construcción sin licencia es un delito urbanístico?

No. La infracción administrativa y el delito urbanístico son realidades jurídicas distintas. Para que exista delito deben concurrir todos los elementos exigidos por el Código Penal, no basta con la falta de licencia.

¿Qué penas puede imponer un delito contra la ordenación del territorio?

Puede conllevar penas de prisión, multa e inhabilitación profesional, además de la posible demolición de lo construido, por lo que es fundamental una defensa técnica especializada desde el inicio del procedimiento.

¿Por qué es relevante la publicación de las normas urbanísticas en un proceso penal?

Porque una disposición urbanística solo despliega plenamente sus efectos jurídicos si se cumplen los requisitos exigidos para su publicación. Si no es así, no puede sustentar por sí sola una acusación penal.

¿Puede el Ministerio Fiscal recurrir una absolución?

Sí, y de hecho lo hizo en este caso. La Audiencia Provincial de Madrid desestimó el recurso y confirmó íntegramente la absolución de nuestros clientes.

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